domingo, diciembre 06, 2009

Las uniones de hecho y las democracias

Una democracia, por definición, es un juego de mayorías y minorías. Las mayorías deciden, sin expresión de causa, siempre que respeten los derechos de las minorías. Así de simple.

El punto es que, aunque la teoría de los derechos humanos pareciera destinada a zanjar el asunto, a veces nos cuesta establecer un catálogo de aquellos derechos que debemos respetar de las minorías. Desde el altillo en el que nos situamos cuando somos más, tendemos a deslegitimar, por inútiles, excesivos o burdos, los derechos de las minorías; por otro lado, cuando hablamos desde la minoría, solemos sobredimensionar nuestra posición y pretender que, por el hecho de serlo, gozamos de un incuestionable derecho preferente de amparo y protección.

Esta pugna, que puede parecer semántica e inútil, se presenta con frecuencia en las democracias. Recientemente en Suiza, se celebró un referendo para decidir la prohibición de los minaretes islámicos, esto es, pequeñas torres de arquitectura arábiga que son parte de la cultura islámica y que se utilizan para llamar a rezar a los fieles. En este caso, la mayoría decidió que la minoría no tenía el derecho a levantar tales estructuras.

En nuestra realidad, hemos asistido en días previos a la discusión acerca de las uniones de hecho. Nuestro país, que hasta hace menos de diez años ni siquiera tenía una ley de divorcio, ha volcado su foro a resolver si las parejas de hecho, e incluso las constituidas por personas del mismo sexo, han de gozar de la misma protección y status jurídico y patrimonial, que aquellas que están unidas por vínculo matrimonial. Nuevamente, aún cuando no está claro que se constituyan en una minoría, estamos discutiendo si la minoría (convivencias de hecho) ha de tener los mismos derechos que la mayoría (matrimonios constituidos).

La discusión que subyace en este tema dice relación con si dos personas adultas e informadas (sean del mismo sexo o no lo sean) pueden elegir unirse por un vínculo no matrimonial y si, luego, el Estado debe reconocer y proteger esa unión. Y si es del caso, que tal unión es o no un derecho de aquellos que como sociedad le reconocemos a las minorías y cuyo ejercicio legítimo protegemos.

¿Tiene derecho la minoría que no quiere casarse o lo quiere hacer con alguien del mismo sexo, a exigirle a la mayoría que reconozca ese derecho y que, incluso, proteja su ejercicio impidiendo que otros lo coarten? ¿Será la opción de suscribir una unión de bienes, con otra persona, con los mismos deberes y derechos del matrimonio, un derecho humano que no estamos en posición de negarles? Esas son las preguntas que, como sociedad, debemos contestar.

En un país dominado por temas de discusión burdos, poco habituado a volcar su atención a lo sustantivo y más bien cercano a lugares comunes, puertas giratorias, alunizajes, techos para Chile y en general temas desechables, dudo mucho que tengamos el debate sereno, tranquilo e informado acerca de estos temas. Tampoco, que hagamos como los suizos y decidamos esto desde las urnas, tal vez la expresión más romántica pero también la más perfecta de una democracia.

Hasta entonces, tendremos que sentarnos a esperar lo que resuelva el Congreso sobre la materia. ¡Qué diablos!.